En muchos estados, propietario y operador los camioneros son contratistas independientes y, por tanto, no están cubiertos por la empresa de transporte que se transporta. En Nueva Jersey, sin embargo, un operador del propietario es considerado un empleado de la empresa de transporte para los que estén trabajando.
New Jersey usa dos pruebas para determinar si una persona es un empleado de una empresa de transporte o un contratista independiente. La primera prueba es el «derecho de control test». La segunda prueba es el «carácter relativo de la prueba del trabajo».
En el «derecho de control test», se realiza un análisis de si la persona había contratación directa el derecho a la manera en que el negocio o trabajo será realizado, así como los resultados obtenidos con el fin de determinar si la persona se ve obligado a contratar un empleado. En virtud de la «relatividad de la prueba del trabajo», se realiza un análisis de si el trabajo realizado por la persona contratada es una parte integral de las actividades regulares de la parte demandada y si la persona contratada ha demostrado una importante dependencia económica de la empresa contratación él o ella.
Nueva Jersey tiene también un enfoque caso por caso para determinar si una persona es «en el curso de empleo». En el estado de Nueva Jersey, un empleado se considera que en el curso de su empleo cuando el empleado llega al lugar del empleo de trabajar y termina cuando el empleado deja el lugar de trabajo. Ver New Jersey Estatuto Anotado 34:15 -36.
En uno de los principales casos discutir «los propietarios de», la Nueva Jersey División de Apelación en Tofani v. LoBiondo Brothers Motor Express Inc, 83 N. J. Super 480 (1964), un «propietario-operador», que entró en un acuerdo de arrendamiento con LoBiondo Brothers Motor Express (LoBiondo), una empresa de camiones, en virtud de la cual, arrendó su tractor a la empresa para su uso en empresas de camiones.
El contrato de arrendamiento siempre que LoBiondo había posesión exclusiva, control y uso del tractor para la duración del arrendamiento y el «propietario de operador» no podía transportar de cualquier otra persona durante el período de arrendamiento. La Nueva Jersey División de Apelación panel que analizó el caso constató que, bajo el «derecho de control» que LoBiondo propiedad el remolque y el poder exclusivo de los «propietarios-empresarios» tráiler que LoBiondo era un empleado y no un contratista independiente.
El grupo de los jueces también tomó nota de que no tenían LoBiondo un remolque y no podía transportar carga en su propio trabajo y fue exclusivamente y en forma regular para LoBiondo. También hubo una indicación en la opinión de que LoBiondo, Unión que emplean controladores, «los propietarios de contratación» para eludir los controladores adicionales de la Unión. Véase también Pickett v. Tryon Camiones, 214 N. J. Super. 76 (Ap. Div. 1986) Una decisión más reciente que se reitera la celebración en Tofani v. LoBiondo.
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